
Las escrituras de un inmueble son documentos importantes, que resultan fundamentales para vender o comprar un bien raíz. Pero eso no los vuelve indestructibles y a veces se dañan, se deterioran o se extravían. Si a usted le ha pasado, no se desespere. En las siguientes líneas le contamos qué hacer en este caso, a quien recurrir y cómo solicitar nuevos ejemplares.
En primer lugar, diremos que los documentos que se le entregan a los propietarios al momento de adquirir una vivienda son copias. Por lo tanto, se pueden obtener nuevas copias en las instituciones en las que se encuentran depositadas los correspondientes originales, que se conocen como “matrices”.
Generalmente, al momento de comprar una vivienda se entregan al comprador los siguientes documentos:
Una copia de la escritura de compraventa, suscrita ante notario por el comprador y el vendedor. Eventualmente, esta escritura puede ser suscrita por el banco que concede el préstamo hipotecario o por otros comparecientes por otras razones. La matriz de este documento se incorpora, junto con otras tantas, en el repertorio del notario. En la práctica, se encuaderna por el notario junto con otras escrituras de la misma fecha y luego de un año, se depositan en el Archivo Judicial que corresponde a la jurisdicción del notario. Si usted desea una copia de la escritura de su casa, debe solicitarla en el Archivo Judicial con los datos de, al menos, la notaría en la que se suscribió y la fecha de suscripción. Si no tiene estos datos, más adelante le diremos dónde obtenerlos.
Se entrega también una copia de la inscripción de dominio vigente, que es un documento que emite el Conservador de Bienes Raíces del lugar en el que se encuentra ubicado el inmueble. Este documento contiene la individualización del propietario y del inmueble y los datos de la escritura de compraventa (fecha, notaría y eventualmente el “repertorio”, que es el número correlativo de orden de los registros del notario). Si es del caso que necesita este documento, usted debe recurrir al Conservador en el que se encuentra emplazada la propiedad y solicitar en ese lugar la correspondiente copia, con los datos de la inscripción, esto es, fojas, número y año. Si no tiene esos antecedentes, puede solicitar ayuda en dicha repartición o bien revisar los índices de la época de la inscripción. Haga esta búsqueda con paciencia, porque puede tomar tiempo si es del caso que no tiene certeza de los datos y dependiendo de la antigüedad de los registros, este dato puede no estar incorporado en las bases de datos informatizadas de los Conservadores, por lo que la búsqueda puede volverse más compleja. Si está en ese caso, puede ser necesaria ayuda especializada de un abogado.
Habitualmente son estos documentos los que se entregan al momento de comprar una vivienda. Como se aprecia, en Chile los documentos que se le entregan a usted al momento de comprar una vivienda son copias y se pueden obtener otras. No existen, por tanto, propiedades al portador de las escrituras; es decir, que el portador de las escrituras no es el dueño de la propiedad y que usted no deja de ser dueño por el hecho de no tenerlas materialmente.
Esperamos que la información contenida en este blog le sea de ayuda. Si tiene dudas, consultas o comentarios, contáctenos.
Preparado por el abogado Carlos Andrés Oyarce Caroca.
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